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GuíaExplicado

Fondos de inversión: qué son, comisiones y traspasos

Actualizada el 23 de octubre de 2026
En corto

Un fondo de inversión junta el dinero de muchas personas y una gestora lo invierte en acciones, bonos u otros activos. Cada partícipe tiene una parte del fondo y gana o pierde según lo que hagan esas inversiones: no hay rentabilidad garantizada y se puede perder dinero. Un fondo indexado no intenta escoger: copia un índice, como el Ibex 35 o un índice de bolsa mundial, y suele cobrar comisiones más bajas. En los fondos españoles de activos financieros, la comisión de gestión no puede pasar del 2,25 % al año sobre el patrimonio, la del depositario del 0,2 % y las de entrada y salida del 5 %. Antes de invertir te tienen que dar el documento de datos fundamentales, con el riesgo y los costes. Y puedes pasar el dinero de un fondo a otro sin pagar impuestos con un traspaso. Esta guía es información, no una recomendación de inversión.

Comisiones máximas de un fondo
Gestión, al año
2,25 %
Si se cobra sobre el patrimonio
Depositario, al año
0,2 %
Sobre el patrimonio
Entrada o salida
5 %
Sobre el valor de las participaciones

Fondos españoles de activos financieros. Real Decreto 1082/2012, artículo 5. Cada fondo indica las suyas en el documento de datos fundamentales.

Qué es un fondo de inversión

Fuentes: Ley 35/2003 de instituciones de inversión colectiva, artículos 3, 18, 28 y 60 (BOE, texto consolidado) · CNMV, Portal del inversor: fondos de inversión

Un fondo es un patrimonio que pertenece a muchos inversores, los partícipes, y que gestiona una sociedad gestora. La gestora decide dónde invertir sin ser dueña del dinero, y un depositario, normalmente un banco, guarda los activos y vigila a la gestora (artículos 3 y 60 de la ley de instituciones de inversión colectiva).

Cada partícipe tiene un número de participaciones. El precio de cada participación es el valor liquidativo: el valor de todo lo que tiene el fondo dividido entre las participaciones. Sube o baja cada día con lo que valen sus inversiones.

Como el fondo es un patrimonio separado, no se mezcla con el de la gestora ni con el del banco que te lo vendió.

Tipos de fondos

Fuente: CNMV, Portal del inversor: fondos de inversión

Gestión activa e indexada
AspectoGestión activaIndexado
Qué haceElige valores para intentar ganar al mercadoCopia un índice
ComisionesSuelen ser más altasSuelen ser más bajas
ResultadoPuede quedar por encima o por debajo del índiceParecido al índice, menos los costes

Rasgos generales; cada fondo tiene los suyos.

Según en qué invierten:

  • monetarios: deuda a muy corto plazo, como Letras y pagarés; poco riesgo y poca rentabilidad;
  • de renta fija: bonos de Estados y empresas; el precio cambia con los tipos de interés;
  • de renta variable: acciones; más riesgo, y con años muy buenos y muy malos;
  • mixtos: combinan las dos;
  • garantizados y de objetivo de rentabilidad: los garantizados prometen un resultado a una fecha, con la garantía de un tercero, normalmente un banco; los de objetivo de rentabilidad solo lo buscan, sin garantía. Ambos suelen tener comisiones si sales antes.

Según cómo se gestionan:

  • de gestión activa: la gestora elige qué comprar para intentar ganar más que el mercado;
  • indexados o pasivos: copian un índice, como el Ibex 35 o un índice de bolsa mundial. No intentan ganar al mercado, sino ir con él, y por eso suelen cobrar menos.

Los fondos cotizados (ETF) normalmente copian índices, pero se compran y venden en bolsa como una acción.

Comisiones: los límites de la ley

Fuente: Reglamento de instituciones de inversión colectiva (Real Decreto 1082/2012), artículos 5 y 78 (BOE, texto consolidado)

Para los fondos españoles que invierten en activos financieros, el reglamento de instituciones de inversión colectiva fija estos máximos (artículo 5 del Real Decreto 1082/2012). Los fondos inmobiliarios y los de inversión libre tienen otras reglas, y los fondos de otros países de la UE que se venden en España siguen las de su país:

  • comisión de gestión: hasta el 2,25 % al año del patrimonio, o el 18 % de los resultados, o una mezcla de las dos (1,35 % y 9 %);
  • comisión del depositario: hasta el 0,2 % al año;
  • comisiones de suscripción (entrada) y reembolso (salida): hasta el 5 % del valor de las participaciones.

Las comisiones de gestión y depósito no se pagan aparte: se apuntan cada día como gasto y se descuentan del valor del fondo (artículo 78.1 del reglamento). Por eso la rentabilidad que se publica ya las tiene restadas. Las de entrada y salida, en cambio, se cobran al comprar o vender. Y si un fondo cobra la comisión sobre resultados a cada partícipe por separado, la rentabilidad publicada no la incluye, y debe avisarlo.

Pequeñas diferencias pesan mucho a largo plazo. Con 10.000 € y un 5 % anual antes de costes durante 20 años, un fondo que cobra un 0,2 % al año acabaría en unos 25.500 €; uno que cobra un 1,5 %, en unos 19.900 €. Es un ejemplo con números redondos: nadie sabe qué rentabilidad dará un fondo.

Qué mirar antes de invertir

Fuentes: Ley 35/2003 de instituciones de inversión colectiva, artículos 3, 18, 28 y 60 (BOE, texto consolidado) · Reglamento (UE) 1286/2014, sobre documentos de datos fundamentales (PRIIPs) · CNMV, Portal del inversor: fondos de inversión

Antes de contratar te tienen que entregar gratis el documento de datos fundamentales (Reglamento europeo 1286/2014) y, si lo pides, el folleto y los últimos informes anual y semestral (artículo 18 de la ley). En el documento de datos fundamentales, de pocas páginas, fíjate en:

  • el indicador de riesgo, de 1 (menor) a 7 (mayor). Un 1 no significa que no haya riesgo;
  • el periodo de mantenimiento recomendado, el tiempo que conviene tener el dinero invertido;
  • los costes: cuánto se lleva el fondo cada año y si cobra por entrar o salir;
  • los escenarios: qué podría pasar con tu dinero en mercados buenos y malos.

Puedes comprobar en la web de la CNMV que el fondo y la gestora están registrados. La rentabilidad pasada no garantiza la futura.

Cómo se compra, se vende y se traspasa

Fuentes: Ley 35/2003 de instituciones de inversión colectiva, artículos 3, 18, 28 y 60 (BOE, texto consolidado) · Reglamento de instituciones de inversión colectiva (Real Decreto 1082/2012), artículos 5 y 78 (BOE, texto consolidado) · Ley 35/2006 del IRPF, artículos 49, 94 y 101.6 (BOE, texto consolidado)

Cómo se hace un traspaso
  1. Elegir el fondo nuevo

    Y abrir cuenta en su gestora o comercializador si no la tienes.

  2. Pedir el traspaso

    Por escrito, a la entidad del fondo de destino.

  3. 1 día hábil
    La entidad nueva lo tramita

    Pide el dinero a la de origen, que tiene dos días hábiles para comprobar la orden.

  4. Desde el 3.er día hábil
    El dinero cambia de fondo

    Por transferencia entre los fondos, en el plazo de un reembolso, sin pasar por tu cuenta y sin pagar impuestos.

Artículo 28 de la ley de instituciones de inversión colectiva y artículo 94 de la ley del IRPF.

Se compran (suscripción) y se venden (reembolso) a través de la gestora o de un comercializador, como un banco o una plataforma. El precio es el valor liquidativo del día que fija el folleto, que se conoce después de dar la orden. El depositario paga el reembolso en un máximo de tres días hábiles, cinco en casos excepcionales (artículo 78 del reglamento).

Para cambiar de fondo sin pagar impuestos se hace un traspaso: se pide a la entidad del fondo de destino, que se encarga de pedir el dinero al de origen (artículo 28 de la ley). El dinero va de un fondo al otro sin pasar por tu cuenta.

Si lo haces así, no tributas por lo ganado hasta que saques el dinero de verdad: el fondo nuevo conserva el precio y la fecha de compra del antiguo (artículo 94 de la ley del IRPF). No vale para los fondos cotizados (ETF). Con fondos extranjeros, solo si están inscritos en la CNMV para venderse en España y se compran a través de un comercializador registrado.

Impuestos

Fuente: Ley 35/2006 del IRPF, artículos 49, 94 y 101.6 (BOE, texto consolidado)

Mientras no vendas, no pagas nada. Al reembolsar, la ganancia (lo que recibes menos lo que pagaste) tributa en la base del ahorro del IRPF, del 19 % al 30 %, y la gestora o el comercializador retiene el 19 % de esa ganancia como adelanto (artículo 101.6 de la ley del IRPF). Si se pierde, la pérdida resta de otras ganancias y, con límites, de otros rendimientos del ahorro, durante cuatro años (artículo 49 de la ley del IRPF).

Si tienes participaciones compradas en varias veces, se entiende que vendes primero las más antiguas (artículo 94).

Preguntas frecuentes
¿Qué es un fondo de inversión?
Un patrimonio formado con el dinero de muchos inversores que una gestora invierte en acciones, bonos u otros activos. Cada partícipe gana o pierde en proporción a lo que tiene. No hay rentabilidad garantizada, salvo en los fondos garantizados y en sus condiciones.
¿Qué es un fondo indexado?
Un fondo que copia un índice, como el Ibex 35 o un índice de bolsa mundial, en lugar de elegir valores. No intenta ganar al mercado sino ir con él, y suele cobrar comisiones más bajas que un fondo de gestión activa.
¿Cuánto cobra como máximo un fondo de inversión?
Según el reglamento de instituciones de inversión colectiva, la comisión de gestión de un fondo español de activos financieros no puede pasar del 2,25 % anual del patrimonio (o del 18 % de los resultados), la del depositario del 0,2 % anual y las de entrada y salida del 5 %. Además, el fondo puede cargar otros gastos previstos en su folleto, como auditoría o análisis, así que el coste total puede ser algo mayor. Los costes reales de cada fondo, todos sumados, están en su documento de datos fundamentales.
¿Se puede perder dinero en un fondo?
Sí. El valor liquidativo sube y baja con sus inversiones. El Fondo de Garantía de Depósitos no cubre las pérdidas de valor. Como el fondo es un patrimonio separado, si quiebra la gestora o el banco el dinero sigue siendo de los partícipes. El FGD solo entra, hasta 100.000 €, si un banco que tenía anotadas tus participaciones no puede devolvértelas.
¿Cómo cambio de fondo sin pagar impuestos?
Con un traspaso: lo pides en la entidad del fondo de destino y el dinero pasa de un fondo a otro sin llegar a tu cuenta. No pagas hasta que saques el dinero. No vale para los ETF.
¿Cuánto tardan en devolverme el dinero si vendo?
El depositario paga el reembolso en un máximo de tres días hábiles desde la fecha del valor liquidativo que se aplica, y hasta cinco en casos excepcionales.
Más guías
Ver fuentesOcultar fuentes6
  1. Ley 35/2003 de instituciones de inversión colectiva, artículos 3, 18, 28 y 60 (BOE, texto consolidado)boe.es
  2. Reglamento de instituciones de inversión colectiva (Real Decreto 1082/2012), artículos 5 y 78 (BOE, texto consolidado)boe.es
  3. Ley 35/2006 del IRPF, artículos 49, 94 y 101.6 (BOE, texto consolidado)boe.es
  4. Reglamento (UE) 1286/2014, sobre documentos de datos fundamentales (PRIIPs)eur-lex.europa.eu
  5. Real Decreto-ley 16/2011, del Fondo de Garantía de Depósitos (BOE, texto consolidado)boe.es
  6. CNMV, Portal del inversor: fondos de inversióncnmv.es

Esta guía la redacta una inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales y medios, y se actualiza periódicamente. Si ves un error, avísanos.